La nueva ley prohíbe fumar en cualquier espacio público cerrado, salvo en los centros penitenciarios, residencias de mayores y discapacitados y en psiquiátricos con estancias de media y larga duración, donde se podrá fumar sólo en salas especiales pero no en las zonas comunes.
También se han alcanzado acuerdos sobre la regulación de los denominados club de fumadores, fundamentalmente para evitar que los bares y restaurantes grandes, que hicieron obras por la ley anterior, se conviertan en improvisados clubs de fumadores. Un club de fumador tiene que tener una sede social, unos socios, un objetivo claro sin ánimo de lucro, no puede promover ni vender objetos de consumo y debe tener prohibida la entrada a menores de 18 años.